Llega ese momento temido o inesperado: te entregan la carta de despido, o bien la empresa decide extinguir tu contrato de forma unilateral. Lo primero que te viene a la cabeza, además del lógico mazazo personal, es una pregunta económica directa: ¿Cuánto me tiene que pagar la empresa por los años que he estado trabajando aquí?
Calcular la indemnización por un despido declarado como improcedente es uno de los trámites que más dudas genera, especialmente debido a los cambios normativos acumulados, las sucesivas modificaciones legislativas y los criterios que aplican los juzgados de lo social. Saber qué cantidades te corresponden exactamente es el primer paso indispensable para no permitir que la empresa te abone un solo euro menos de lo que marca la ley.
En este artículo redactado por nuestros abogados laboralistas expertos, te explicamos con todo detalle cómo se calcula la indemnización por despido improcedente tras la última reforma, qué variables debes tener en cuenta (antigüedad, fecha de contratación y salario regulador) y cómo podemos ayudarte desde nuestro despacho a reclamar lo que es tuyo legítimamente.
1. ¿Qué es exactamente un despido improcedente?
Antes de entrar de lleno en fórmulas matemáticas, conviene tener claro qué considera la ley como despido improcedente.
Un despido se califica como improcedente cuando la empresa no logra demostrar la causa legal que alegaba en la carta de despido (ya sea un despido disciplinario injustificado o un despido objetivo por causas económicas, técnicas u organizativas que no se sostienen) o bien cuando se han cometido defectos de forma graves en el procedimiento de notificación (por ejemplo, no respetar los plazos o no entregar la documentación exigida por el Estatuto de los Trabajadores).
Ante esta situación, el juez o la propia empresa en vía de conciliación deben optar entre dos opciones:
- La readmisión del trabajador en su puesto de trabajo, abonando los salarios de tramitación (lo que dejó de cobrar desde el despido).
- El pago de una indemnización económica tasada por ley, siendo esta última opción la que elige la inmensa mayoría de las empresas en la práctica diaria.
2. Las reglas del juego: ¿Cómo se calcula la indemnización base?
El cálculo de la indemnización por despido improcedente en España se rige fundamentalmente por dos variables innegociables:
- El tiempo de servicios prestados (la antigüedad): Se computan los años, meses y días exactos que has estado vinculado a la empresa de manera ininterrumpida.
- El salario regulador diario: Lo que ganas realmente al día, incluyendo la parte proporcional de las pagas extras si estas no se cobran prorrateadas mes a mes.
El hito clave: La reforma laboral y la doble escala temporal
La norma general actual establece una indemnización de 33 días de salario por año trabajado, con un límite máximo de 24 mensualidades.
Sin embargo, aquí radica la mayor complejidad matemática y donde muchos trabajadores (e incluso empresas) se equivocan: la fecha en la que firmaste tu contrato de trabajo.
- Si tu contrato es posterior al 12 de febrero de 2012 (fecha de la gran reforma laboral), toda tu antigüedad se calcula a razón de 33 días por año.
- Si tu contrato es anterior al 12 de febrero de 2012, se aplica una doble escala o régimen transitorio:
- Por los periodos trabajados anteriores al 12 de febrero de 2012, se acumulan 45 días de salario por año trabajado.
- Por los periodos trabajados posteriores al 12 de febrero de 2012, se acumulan 33 días de salario por año trabajado.
Además, existe un tope máximo legal absoluto que no se puede rebasar: la suma de la indemnización acumulada no puede superar en ningún caso las 72 mensualidades (salvo que el cálculo anterior de los 45 días por los años previos al 2012 arroje un tope superior, el cual se topa a su vez en las 42 mensualidades según la ley antigua, con el límite general actual de 24 mensualidades para el tramo nuevo, sin que la suma total supere las 72 mensualidades). Es un galimatías jurídico que requiere precisión quirúrgica.
Para estudiar con exactitud milimétrica qué tramos se aplican a tu caso particular y evitar errores en la liquidación, te recomendamos consultar directamente con nuestros especialistas en despidos e indemnizaciones.
3. Guía paso a paso para calcular tu salario regulador
Para aplicar los 33 o 45 días por año, primero necesitas saber cuál es tu salario diario real. La empresa a menudo intenta computar únicamente el salario base estricto, olvidando complementos que por ley deben sumarse.
Para calcular el salario regulador anual debes sumar:
- El salario base bruto anual.
- Los complementos salariales fijos (peligrosidad, nocturnidad, antigüedad, primas de producción estables).
- Las pagas extraordinarias (si no están prorrateadas).
- La media de las pagas o variables de carácter regular si las hubiera (comisiones por ventas habituales).
Una vez obtenido el salario bruto anual total, se divide entre 365 días para obtener el salario diario.
Ejemplo práctico orientativo: Imagina un trabajador con un salario bruto anual de 28.000 euros.
- Salario diario = 28.000 € / 365 días = 76,71 € al día.
- Si lleva exactamente 5 años trabajando en la empresa (contratado después de 2012) y su despido es improcedente:
- Días de indemnización = 33 días x 5 años = 165 días.
- Indemnización total = 165 días x 76,71 €/día = 12.657,15 €.
4. ¿Qué conceptos quedan excluidos del cálculo de la indemnización?
Es fundamental saber qué dinero no computa para el cálculo del despido improcedente, ya que incluir conceptos indebidos puede hacer que la empresa rechace el cálculo o que un juez tumbe tu propuesta inicial:
- Las dietas y gastos de desplazamiento o locomoción extrasalariales: Todo lo que se perciba para compensar gastos reales de gasolina, peajes o manutención justificada no forma parte del salario.
- Las indemnizaciones o suplidos: Cantidades entregadas para comprar herramientas de trabajo o uniformes.
- Prestaciones o indemnizaciones de la Seguridad Social en caso de incapacidad temporal.
5. El factor crítico: El plazo de caducidad de los 20 días
Saber calcular la indemnización es vital, pero no sirve de nada si dejas caducar el tiempo para reclamar.
Desde el mismo instante en que te notifican el despido (o se hace efectivo el cese verbal o por carta), dispones de un plazo improrrogable de 20 días hábiles (excluyendo sábados, domingos y festivos) para presentar la papeleta de conciliación laboral ante el servicio de mediación correspondiente.
Dejar pasar este plazo significa perder definitivamente el derecho a demandar a la empresa y, por tanto, perder la posibilidad de cobrar la indemnización que te corresponda por ley.
6. ¿Cómo te ayudamos desde nuestro despacho a asegurar tu indemnización?
Enfrentarse al departamento legal de una empresa o a gestorías corporativas sin el respaldo adecuado suele traducirse en aceptar finiquitos a la baja o indemnizaciones mal calculadas. En nuestro bufete seguimos un método de actuación riguroso para protegerte:
- Auditoría salarial completa: Revisamos tus nóminas de los últimos 12 meses para detectar complementos ocultos o variables que la empresa haya querido omitir para reducir artificialmente tu indemnización.
- Cálculo automatizado y legal avanzado: Aplicamos la doble escala si tu contrato es antiguo o la regla general de los 33 días si es posterior a 2012, blindando la cifra exacta que vamos a reclamar.
- Negociación firme y papeleta de urgencia: Redactamos y presentamos la reclamación en plazo récord, acudiendo a la conciliación previa para presionar a la empresa y conseguir el abono íntegro sin necesidad de alargar procesos judiciales innecesarios.
Calcular una indemnización por despido improcedente no es una simple operación matemática de multiplicación; implica revisar fechas de contratación, tramos de la reforma laboral, complementos salariales y estar muy atento a los plazos fatales que marca la legislación vigente. No dejes que la empresa decida unilateralmente cuánto vale tu trayectoria profesional.
Si te enfrentas a un despido, dudas de si el cálculo que te han ofrecido es correcto o necesitas que estudiemos tu caso de principio a fin con total garantía, no esperes a que el contador de los 20 días llegue a su fin.
Ponte en contacto con nosotros hoy mismo. Nuestros abogados laboralistas analizarán tus nóminas y tu contrato de forma personalizada para reclamar hasta el último céntimo que te corresponda.




