Muy recientemente, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado una nueva ayuda para los autónomos de Madrid de mucha relevancia. Se conoce como la TARIFA CERO DE MADRID y está en vigor desde el 1 de enero de 2024.
¿EN QUÉ CONSISTE LA TARIFA CERO DE MADRID?
En resumen, se trata de un beneficio por el que el 100% de los costes de las cotizaciones a la Seguridad Social de los autónomos de Madrid será sufragado por la Comunidad durante un período de 12 meses. Es decir, durante 12 meses la persona beneficiaria no tendrá que pagar su cuota habitual porque estará a cargo del gobierno regional.
Desde Alonso y Cisneros Abogados Laboralistas Madrid os dejamos las claves más importantes para saber si podéis acogeros a esta ayuda.
¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR LA AYUDA?
Podrán solicitar la ayuda los trabajadores autónomos de la Comunidad de Madrid que estén o hayan estado acogidos a las bonificaciones o reducciones establecidas como ”Incentivos y medidas de fomento y promoción del Trabajo Autónomo» en el Estatuto del Trabajo Autónomo:
- Trabajadores autónomos con cuota reducida los primeros doce meses desde la fecha de su alta en el RETA.
- Trabajadores autónomos con rendimientos económicos netos anuales iguales o inferiores al SMI y que hayan disfrutado de la cuota reducida.
- Trabajadores autónomos que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33% o víctimas de violencia de género o terrorismo, que hayan disfrutado de la cuota reducida durante 24 meses naturales completos; o durante los siguientes treinta y seis meses naturales completos a los veinticuatro meses iniciales.
- Trabajadoras autónomas que tengan derecho a cotización reducida al haber cesado por nacimiento o adopción, guarda, acogimiento o tutela y reanuden su actividad dentro de los dos años siguientes, siempre que hayan tenido reconocida la bonificación estatal.
- Los trabajadores autónomos que sean beneficiarios de la prestación para el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, con reconocimiento de la bonificación estatal y durante el periodo que se extienda la misma.
¿CUMPLES CON LOS REQUISITOS PARA SOLICITAR LA “TARIFA CERO MADRID”?
Si estás interesado/a en solicitar esta ayuda debes asegurarte de cumplir los siguientes requisitos:
- Alta en el RETA a partir del 1 de enero de 2023.
- La actividad económica debe realizarse en la Comunidad de Madrid.
- Ser o haber sido beneficiario de la cuota reducida estatal (conocida como “tarifa plana autónomos”)
- Estar al corriente con las obligaciones tributarias estatales, de la Comunidad de Madrid y de la Seguridad Social.
Es muy importante que, una vez te des de alta en el RETA, lo hagas solicitando la “tarifa plana” estatal, pues, de lo contrario, no podrás optar a esta ayuda.
Si tienes dudas sobre si cumples o no alguna de estas características no dudes en contactar con nuestro Despacho de Abogados Madrid.
PLAZO PARA REALIZAR LA SOLICITUD DE LA TARIFA CERO DE MADRID
El plazo será de tres meses una vez finalicen los primeros 12 meses (y los doce siguientes) desde tu alta en el RETA acogido a la cuota reducida estatal y se hará de manera telemática.
¿CUÁNTO TENDRÉ QUE PAGAR ENTONCES COMO AUTÓNOMO/A?
Actualmente el Gobierno estatal ha aumentado la tarifa reducida de 60 a 80€/mensuales. Con la “Tarifa Cero Madrid” pagarás tu cuota reducida, pero el gobierno de Madrid te reingresará al tiempo todo el importe abonado en base a los 80 euros al mes.
En Alonso y Cisneros Abogados estamos a tu disposición para asesorarte si quieres emprender tu andadura como autónomo/a o si ya lo eres y crees que puedes beneficiarte de esta ayuda.